Burofax por impago de alquiler: reclamar la deuda y preparar el desahucio



Burofax por impago de alquiler: Icono que  uestra una casa, un contrato y un símbolo de euro


– Documentación –

  1. Contrato y anexos.
  2. Justificantes de impago y cuadro de rentas.
  3. Comunicaciones previas con el inquilino.
  4. Datos de notificación y, si existe, fiador/avalista.

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Normativa aplicable


Aviso legal

*Esta página ofrece información general y no sustituye el asesoramiento jurídico personalizado. Cada baja voluntaria tiene matices (convenio, categoría, fechas, conflictos, situación médica, cláusulas contractuales), y conviene revisar el caso concreto antes de actuar.*



Si tiene prisa, lea esto primero

¿Está usted en esta situación?

  • ¿Su inquilino ha dejado de pagar una o varias mensualidades (o gastos asimilados) y no le da una solución clara?
  • ¿Quiere cobrar cuanto antes, pero también protegerse por si toca ir a juicio?
  • ¿Le preocupa que el inquilino “pague a última hora” y el problema se repita una y otra vez?
  • ¿Hay fiador/avalista, varios inquilinos o pagos parciales que lo complican todo?

Solución: Burofax por impago de alquiler

Redactamos y enviamos un burofax por impago de alquiler jurídicamente estratégico para reclamar el impago de rentas y dejar el caso listo para actuar (negociación, reclamación y/o desahucio) con la máxima seguridad jurídica.

Documentación útil para el burofax por impago de alquiler

  • Contrato y anexos.
  • Justificantes de impago y cuadro de rentas.
  • Comunicaciones previas con el inquilino.
  • Datos de notificación y, si existe, fiador/avalista.


¿Por qué un burofax por impago de alquileres clave cuando hay impago de alquiler?

Cuando un inquilino deja de pagar, el problema no es solo “la deuda”: es la prueba, el timing y la estrategia. Un burofax por impago de alquiler bien planteado sirve para:

  • Reclamar formalmente las rentas y cantidades debidas.
  • Dejar constancia fehaciente de que usted intentó una solución (muy relevante antes de demandar).
  • Preparar el terreno para una reclamación judicial o un desahucio si no hay salida.
  • Reducir riesgos: por ejemplo, evitar que una actuación precipitada le perjudique después.

En arrendamientos urbanos, la falta de pago puede ser causa de resolución del contrato (por ejemplo, art. 27 LAU).

Impago de alquiler: qué vías legales suelen abrirse

En la práctica, ante un impago hay tres escenarios típicos:

  • Quiero cobrar y mantener el contrato (si el inquilino puede ponerse al día).
  • Quiero recuperar la vivienda/local (y, además, reclamar lo debido).
  • Quiero una salida pactada (entrega de llaves, plan de pagos, condonación parcial… con seguridad jurídica).

Elegir bien el enfoque desde el primer paso evita errores caros.

Cómo encaja el burofax por impago de alquiler con el desahucio y la reclamación de rentas

El desahucio por impago se tramita por juicio verbal

La Ley de Enjuiciamiento Civil prevé que se decidan en juicio verbal las demandas que, con fundamento en el impago de la renta o cantidades debidas, pretendan recuperar la posesión de la finca arrendada (art. 250.1.1.º LEC).

El “punto sensible”: la enervación del desahucio

En términos sencillos: en algunos casos el inquilino puede frenar el desahucio pagando lo debido (enervación). Pero la ley prevé límites importantes.

Por ejemplo, no se aplica si el arrendatario ya enervó antes, o si el arrendador requirió de pago por medio fehaciente con al menos cuatro meses de antelación a presentar la demanda y no se pagó a tiempo (art. 22.4 LEC).

Aquí es donde un burofax estratégicamente diseñado marca diferencia: no es “mandar un aviso”, es blindar su posición.

Requisito de negociación previa antes de demandar (muy importante)

Con carácter general, se exige actividad negociadora previa como requisito de procedibilidad en los procesos declarativos del libro II de la LEC y en determinados procesos especiales del libro IV, con excepciones tasadas (art. 5 LO 1/2025).

En muchos casos, un burofax forma parte de esa actividad negociadora y, sobre todo, ayuda a acreditar que se intentó una solución antes de acudir al juzgado.

Estrategia: qué buscamos con un burofax por impago de alquiler

El burofax por impago de alquiler debe alinearse con la vía que más le conviene.

1) Si su prioridad es cobrar y continuar

Trabajamos el caso para reclamar y, si tiene sentido, encauzar un pago inmediato o un plan de regularización con garantías (por ejemplo, fijando condiciones y consecuencias claras si vuelve a incumplir).

2) Si su prioridad es recuperar el inmueble cuanto antes

En este escenario, el burofax se orienta a preparar el desahucio con la máxima seguridad: prueba de la deuda, de los intentos de solución y de los hitos relevantes que luego pesan en el procedimiento.

3) Si hay fiador o avalista

Muchas veces el “punto de presión” real no es el inquilino, sino el fiador/avalista. Una estrategia correcta contempla cómo y cuándo dirigir actuaciones también contra ellos (y qué documentación se necesita para hacerlo bien).

4) Si hay varios inquilinos, subarriendos o situación confusa

Impagos con cotitulares, parejas que se separan, cambios de ocupantes o subarriendos no autorizados requieren especial cuidado: lo que se haga (o no se haga) al reclamar puede afectar a la eficacia posterior.

Errores frecuentes del arrendador cuando hay impago (y que conviene evitar)

  • Aceptar pagos parciales sin dejar claro a qué se imputan y qué consecuencias tiene el resto impagado.
  • Demorar demasiado la reclamación: cuanto más pasa, más se complica la prueba y la recuperación.
  • Cortar suministros, cambiar cerraduras o entrar sin permiso: además de ser una mala idea, puede volverse en su contra.
  • Negociar “de palabra” y sin constancia: después es su palabra contra la del inquilino.
  • No activar el frente del fiador/avalista cuando existe.

Del contrato y la relación arrendaticia

  • Contrato de arrendamiento completo (y prórrogas, renovaciones, anexos).
  • Inventario, estado de la vivienda/local, entrega de llaves, acta de entrega si existe.
  • Cláusulas de renta, actualización, gastos, suministros y penalizaciones pactadas (si las hay).
  • Datos de identificación del arrendador (titularidad) y del arrendatario (y cotitulares).

De la deuda y los pagos

  • Cuadro de rentas: mensualidades debidas, fechas y cuantías.
  • Justificantes bancarios de los pagos anteriores y del impago.
  • Gastos asimilados reclamables (si procede): comunidad, IBI repercutido, suministros, etc., con facturas/recibos.
  • Fianza y garantías adicionales: importe, dónde está depositada (si aplica) y si hay aval bancario.

De las comunicaciones y la prueba

  • Conversaciones relevantes (WhatsApp, emails) y cualquier requerimiento previo.
  • Dirección/es de notificación pactadas y domicilio actual conocido.
  • Si hay fiador/avalista: contrato de fianza, aval, datos completos y domicilio.
  • Si existe seguro de impago: póliza, condiciones, comunicaciones a la aseguradora.

Sobre el inmueble y su situación

  • Nota simple o referencia registral (si es relevante para estrategias específicas).
  • Si hay incidencias: quejas, actas, informes, reparaciones, incidencias de convivencia (si influyen en la negociación o en el conflicto).



Preguntas frecuentes sobre el burofax por impago de alquiler


1) ¿La emps de impago hacen falta para poder reclamar o desahuciar?

No hay que esperar “X meses” por norma: un impago relevante ya puede justificar actuaciones. La clave es cómo está pactado el pago y qué objetivo persigue usted (cobrar, resolver o ambos).

2) Si el inquilino paga después del burofax, ¿ya está todo solucionado?

Depende. Puede quedar solucionado el impago concreto, pero a veces interesa documentar un acuerdo, revisar reincidencia y prevenir nuevos incumplimientos.

3) ¿Puede el inquilino frenar un desahucio pagando a última hora?

En algunos casos, sí (enervación), pero hay límites. Por ejemplo, puede no proceder si usted requirió de pago por medio fehaciente con al menos cuatro meses de antelación a demandar y el pago no se hizo a tiempo (art. 22.4 LEC).

4) ¿Me conviene reclamar solo la deuda o también exigir la resolución del contrato?

No siempre conviene lo mismo. Si el inquilino puede ponerse al día, quizá le interese mantener. Si el patrón es reincidente, suele ser más seguro preparar recuperación del inmueble.

5) ¿Qué pasa si hay varios inquilinos en el contrato?

La estrategia cambia: hay que analizar quién firmó, quién ocupa y cómo se les reclama y notifica para no dejar “cabos sueltos”.

6) ¿Y si el inquilino dice que no paga por “averías” o “falta de reparaciones”?

Hay que revisar si realmente existe incumplimiento del arrendador, si se notificó correctamente y si procede o no una compensación. Ojo: “dejar de pagar” suele ser una decisión muy arriesgada para el inquilino, pero cada caso tiene matices.

7) ¿Puedo descontar la deuda de la fianza sin más?

La fianza no es un “pase libre” para dejar de reclamar. Se analiza su aplicación al final, el estado del inmueble y las cantidades realmente debidas.

8) Si existe fiador, ¿es mejor reclamarle desde el principio?

Muchas veces sí, pero hay que revisar el tipo de fianza (solidaria o no), el alcance y cómo acreditarlo. Una reclamación mal dirigida puede perder fuerza.

9) ¿Se pueden reclamar también suministros, comunidad u otras cantidades?

A veces sí, si el contrato lo prevé y se acredita correctamente. Por eso es importante reunir facturas/recibos y ver si son “cantidades asimiladas”.

10) ¿Qué ocurre si el inquilino entrega llaves pero no paga?

Puede ser una buena salida para recuperar posesión, pero conviene cerrar bien la entrega (fecha, estado, contadores) y dejar viva la reclamación de deuda si procede.

11) ¿Y si el contrato está vencido pero el inquilino sigue dentro y no paga?

Puede combinarse la vía de recuperación por expiración de plazo con la reclamación de cantidades. El enfoque exacto depende de contrato, prórrogas y comunicaciones.

12) ¿Tiene sentido intentar un acuerdo de pago antes de demandar?

Sí, y hoy además es especialmente relevante poder acreditar la negociación previa cuando sea exigible como requisito de procedibilidad (art. 5 y ss. LO 1/2025).

13) ¿Qué pasa si el inquilino hace pagos parciales?

Los pagos parciales pueden complicar la imputación de la deuda (qué mes queda pagado y cuál no). Es un punto típico donde se cometen errores que luego dificultan el procedimiento.

14) ¿Puedo reclamar intereses por las rentas impagadas?

Depende de lo pactado y de cómo se reclame. En la práctica, se estudia la viabilidad y la estrategia (a veces interesa priorizar rapidez y claridad).

15) ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar rentas impagadas “antiguas”?

Con carácter general, las acciones personales prescriben a los cinco años (art. 1964 CC), y la prescripción puede interrumpirse, entre otros medios, por reclamación extrajudicial (art. 1973 CC). En cada caso conviene revisar fechas y